Sociedades inmobiliarias: abogados especialistas

Abogados especialistas en sociedades inmobiliarias en Huelva y Madrid. Contratos de compraventa de inmuebles y sociedades inmobiliarias, etc.

Contacte con nosotros para un abogado especialista en sociedades inmobiliarias

Si necesita ayuda en cualquiera de los servicios que ofrecemos, rellene el formulario y le contestaremos lo antes posible.

Llamar al teléfono:
+34 622 445 375
+34 608 763 053 para un abogado especialista en sociedades inmobiliarias

O contáctenos vía email en el siguiente formulario.

Sociedad de Inversión Inmobiliaria ¿Qué es?

Una Sociedad de Inversión Inmobiliaria es una institución de inversión que tiene carácter colectivo y no financiero cuyo objeto principal es la inversión en bienes inmuebles de naturaleza urbana para posteriormente ser arrendados. Este tipo de sociedades de inversión se constituyen como Institución de Inversión Colectiva (conocida por las siglas IIC) y adoptan la forma de sociedad anónima. El objeto social de estas es captar fondos, bienes o derechos del público general para después gestionarlos e invertirlos en bienes, derechos, valores y otros instrumentos, siempre y cuando el rendimiento del inversor se establezca en función de los resultados colectivos conseguidos.

Principales requisitos

No todas las sociedades que se constituyan pueden ser clasificadas como de inversión inmobiliaria, para ello deben darse los siguientes requisitos:

  • El capital de la sociedad tendrá que estar íntegramente suscritodesembolsadodesde el momento de su constitución y, además, se tendrá que representar mediante acciones. Se podrán emitir diferentes series de acciones que se diferenciarán por las comisiones que se les aplique. Las acciones que pertenezcan a una misma serie deberán tener igual valor nominal y mismos derechos.
  • Cada una de estas series tendrá que recibir una denominación específica, que será precedida de la denominación de la sociedad, así como del compartimento (en caso necesario).
  • Las acciones emitidas podrán estar representadas mediante títulos nominativoso mediante anotaciones en cuenta.
  • El número de accionistas de estas sociedades de inversión no será menor a 100 en ningún caso, aunque reglamentariamente podrá disponerse un umbral distinto.
  • Los fondos de inversión inmobiliaria tendrán que tener un patrimonio mínimo inicial de nueve millones de euros, que serán totalmente desembolsados.
  • Las sociedades que no sean constituidas por los procedimientos de fundación sucesiva y de suscripción pública de participaciones tendrán un plazo de un año(a partir de su inscripción en el registro administrativo correspondiente) para que se alcance la cifra de nueve millones de euros mencionada anteriormente.

Tipos de sociedades inmobiliarias

  • Hay dos tipos de sociedades de inversión inmobiliaria, las cotizadas y las no cotizadas.

Sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (SOCIMI)

  • Las SOCIMIs tienen la obligación de contar con una cartera de bienes inmuebles de entre los cuales el 80 % se dedique al mercado del alquiler. Estos activos pueden encontrarse tanto en España como en el extranjero y se puede tratar igualmente de viviendas, locales comerciales, oficinas, naves o incluso plazas de garaje. Estos tienen la obligación de permanecer en cartera por un mínimo de tres años. Al igual que las condiciones de pertenencia a la cartera, el 80 % de los ingresos percibidos por la compañía tiene que proceder del alquiler de sus activos. Es importante recalcar que las SOCIMIs están completamente exentasde pagar el Impuesto de Sociedades y, además, obtienen una fuerte bonificación (del 95 %) en el Impuesto sobre las Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (TPAJD).

Sociedades de inversión inmobiliaria no cotizadas

  • Estas sociedades están reguladas por la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva (LIIC). Su objeto reside en la inversión en bienes inmuebles de naturaleza urbana para su posterior arrendamiento

¿Necesita nuestros servicios?

Nuestro Despacho de Abogados dispone de Abogados derechos inmobiliarios que le podrán asesorar y ayudar en cualquier cuestión.

Llámenos y concierte una cita en nuestros Despachos de Madrid o Huelva, le atenderán nuestros Abogados.

Sociedades inmobiliarias